La Inspección Judicial abrió una causa contra Alcevith Godínez Prado, juez interino del Tribunal Contencioso Administrativo, ligado con dos resoluciones que pusieron en pausa la suspensión –sin goce salarial- para las magistradas Doris Arias Madrigal y María Elena Cortés Gómez, ambas de la Sala Tercera.

Godínez, quien es objeto de un expediente penal por presunto prevaricato, enfrentó un secuestro de documentos el jueves en su oficina.

La diligencia fue coordinada con  la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (Fapta) y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

El miércoles, en tiempo récord, el juez resolvió una apelación interpuesta por la magistrada Arias para suspender el castigo que le impuso la Corte Plena, mediante una medida cautelar ante causam.

Un día después, de la misma forma, resolvió levantar la suspensión para la magistrada Gómez.

La oficina de prensa de la Corte Suprema de Justicia confirmó este viernes la apertura del procedimiento contra el funcionario.

Tanto Arias como Gómez formaron parte de la Sala Tercera que desestimó, el 20 de febrero del año pasado, una causa penal por el supuesto delito de tráfico de influencias en contra de los exlegisladores Otto Guevara y Víctor Morales a favor del importador de cemento chino, Juan Carlos Bolaños.

El lunes, en horas de la tarde, la Corte Plena cambió la medida que había impuesto a los magistrados.

Pasó de una amonestación por escrito a una suspensión de dos meses sin goce de salario. Los sancionados son: Carlos Chinchilla, Presidente del Poder Judicial que se acogió a su jubilación ese mismo día; Dorias Arias, Jesús Ramírez, María Elena Gómez y el magistrado despedido, Celso Gamboa.

La magistrada suplente María Elena Gómez también logró que se suspendiera el castigo de dos meses de suspensión. Foto de Alonso Tenorio

La magistrada suplente María Elena Gómez también logró que se suspendiera el castigo de dos meses de suspensión.

 

Gómez, quien también está jubilada, forma parte de los magistrados suplentes elegibles en caso de que sea necesario, con el fin de integrar la Sala.

Ambas funcionarias rompieron el silencio el miércoles y enviaron un comunicado de prensa a los medios donde asegura que la desestimación se hizo en virtud de atipicidad. Es decir, porque los hechos investigados en ese momento no significaban un delito.

Ante los señalamientos vertidos desde la opinión pública, las magistradas apuntaron que rechazaban cualquier “acto o componenda de corrupción en este proceso”.

 Por este caso, los magistrados de la Sala III comparecieron ante la comisión legislativa que investigó los créditos bancarios relacionados con el cemento chino, en noviembre. Aquí, Doris Arias Madrigal, presidente de la Sala III; y Carlos Chinchilla Sandí, entonces presidente de la Corte Suprema. Foto: Albert Marín

Aquí, Doris Arias Madrigal, presidente de la Sala III; y Carlos Chinchilla Sandí, entonces presidente de la Corte Suprema.

 

“La Sala Tercera no podía ni puede dirigir la investigación ni proponer pruebas al Ministerio Público para la investigación de los delitos. En esta clase de procesos contra Supremos Poderes, la Fiscalía General es la que tiene a su cargo la investigación por disposición legal.

“Como corresponde, hemos planteado nuestra defensa ante la Corte Plena por los hechos que se investigan administrativamente. No obstante, no entendemos lo sucedido, pues pareciera que no valoraron nuestras posiciones“, indicaron las juezas.

Para las magistradas, la Corte Plena emitió la sanción sin distinguir las participaciones que tuvieron los miembros de la Sala Tercera en el trámite del caso. Por ejemplo, Carlos Chinchilla, exjerarca de la Corte Suprema de Justicia, fue el magistrado instructor de la desestimación.

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