Durante proceso de Elecciones Municipales. TSE sancionará a los medios y personas que difundan o publiquen estudios elaborados por organizaciones no inscritas.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), a través de la Dirección General de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, aprobó la inscripción de ocho entidades dedicadas a la elaboración de encuestas y sondeos de opinión de carácter político electoral. De este modo, ya están debidamente autorizadas para difundir o publicar los resultados de sus investigaciones.

El detalle de los nombres de las empresas avaladas, las fechas de presentación de las solicitudes y su fecha de inscripción es el siguiente:

El TSE recuerda que, cada vez que una empresa debidamente inscrita difunda un estudio, deberá remitir a este organismo electoral, el mismo día de su publicación, las respectivas fichas técnicas para publicarlas en su sitio web.

También deberán tener disponibles los documentos de respaldo -desde la fecha de publicación hasta el día siguiente de la declaratoria oficial de los resultados de las elecciones municipales- con el propósito de poderlos utilizar como respaldo en eventuales investigaciones generadas ante denuncias que puedan ser presentadas ante el TSE.

Esta fue la penúltima encuesta de OPol Consultores para las Elecciones del 2018. La Encuestadora es una de las válidas en este proceso.

Como parte de la ficha técnica, luego de publicarse la encuesta o sondeo es necesario comunicar al TSE los datos de las personas físicas o jurídicas que pagaron y/o contrataron el estudio de opinión.

El 29 de enero de 2020 será el último día en que se podrán difundir, parcial o totalmente, sondeos de opinión y encuestas relacionadas con estos comicios municipales.

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